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Concepto 25 de 1998 DIAN

¿Las sociedades de certificación, deben o no consignar los seriales al momento de certificar la descripción de las mercancía

251998
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Texto del documento

CONCEPTO ADUANERO 25 DE 1998

(5 de junio)

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

DESCRIPTOR: SOCIEDADES DE CERTIFICACION /INSPECCION PREEMBARQUE

PROBLEMA JURIDICO

Las Sociedades de Certificación, deben o no consignar los seriales al momento de certificar la descripción de las mercancías que Inspeccionan?

TESIS JURIDICA

LAS SOCIEDADES DE CERTIFICACIÓN NO DEBEN CONSIGNAR LOS SERIALES AL MOMENTO DE CERTIFICAR LA DESCRIPCIÓN DE LAS MERCANCÍAS QUE INSPECCIONAN.

INTERPRETACION JURIDICA

Mediante la Resolución 2962 de 1995, la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales, señaló el procedimiento para la práctica de la inspección preembarque y la expedición del Certificado de Inspección, y en su artículo 7, numeral 2o, dispuso que para la certificación de la descripción de las mercancías, se deberá tener en cuenta lo dispuesto en la Resolución 2473 de 1995 y las demás normas que la adicionen o modifiquen, excepto lo relativo al número de serie a que se refiere la norma citada en su artículo 2o, observando especial cuidado en la identificación de la mercancía, señalando los elementos que la caracterizan, tales como marcas, números, referencias u otras especificaciones que permitan su individualización, sin que sea suficiente la descripción que aparece en el Arancel de Aduanas para la subpartida de que se trate.

La Resolución 2473 de 1995, fue derogada por la Resolución 362 de 1996, la cual dictó normas en materia de descripción de mercancías en la Declaración de Importación y en el Certificado de Inspección, y en su artículo 3 conservó la excepción de incluir las series para la descripción de las mercancías en el Certificado de Inspección. Como se aprecia, por mandato expreso de las normas mencionadas anteriormente y que regulan la materia, las Sociedades de Certificación no están obligadas a incluir los seriales en la descripción de las mercancías en el Certificado de Inspección correspondiente.

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