Oficio 28667 de 2015 DIAN
(Tributario) (Int 1317) Solicitud de inclusión en la exención temporal de IVA del Decreto 1818 de 2015, los artículos de aseo
Texto del documento
OFICIO 028667 int 1317 DE 2015
(septiembre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
<Publicado en la página web de la DIAN: 24 de enero de 2025>
<Esta norma no incluye análisis de vigencia>
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Unidad Informática de Doctrina
| Área del Derecho | Tributario |
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Extracto
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de ésta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Entidad.
En el radicado de la referencia, se solicita que sea incluido en la exención temporal de IVA del Decreto 1818 de 2015, los artículos de aseo personal y los artículos de aseo doméstico.
Al respecto, le manifestamos que en virtud del artículo 215 de la Constitución Política, se le otorgaron facultades extraordinarias al presidente, para que una vez declarada la emergencia económica dicte decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis que se presenten sobre la zona.
En este contexto, mediante Decreto 1818 del 2015, se establece un tratamiento tributario especial para algunos bienes producidos o comercializados en las zonas de frontera que limitan con la República Bolivariana de Venezuela, con el propósito de estimular la demanda interna, contrarrestar los posibles impactos directos sobre la inflación e incrementar el consumo local de los bienes que se producen o comercializan en la zona de frontera.
Así las cosas, incluir dentro del campo de la exención temporal del Impuesto sobre las ventas-IVA- los bienes por los que Ud. indaga, extralimita y escapa de la esfera funcional de este despacho, ya que esa facultad es potestativa del presidente de la República en correspondencia con el Ministerio de Hacienda y crédito Púbico.
En los anteriores términos se resuelve su consulta y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN- con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001 la cual se puede ingresar por el ícono de "Normatividad" –"técnica"–, dando click en el link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica"