Micelio
🧾 DIAN · Oficios

Oficio 4503 de 2020 DIAN

(Aduanero) Agencias de Aduanas Agencias de Aduanas - Conocimiento de Clientes

45032020Aduanero
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

OFICIO 4503 DE 2020

(marzo 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Publicado en la página web de la DIAN: 31 diciembre de 2021>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

DescriptoresAgencias de Aduanas
Agencias de Aduanas - Conocimiento de Clientes
Fuentes FormalesDECRETO 1165 DE 2019 ART 50
RESOLUCION 46 DE 2019

Extracto

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta: ¿Si una empresa no está obligada a tener revisor fiscal, porque en la Resolución 046 de 2019, en su artículo 75 y demás, solicita certificado y dictamen técnico del balance General para todas las personas naturales o jurídicas, sin excepción?

Sobre el particular, las consideraciones de este Despacho son las siguientes:

El Decreto 1165 de 2019, en concordancia con la Resolución 046 de 2019, respecto de la obligación de las agencias de aduanas, para establecer mecanismos efectivos del conocimiento al cliente, con el fin de mantener una relación transparente con los mismos, deberá verificar la existencia de algunos documentos, entre los que se encuentran:

"ARTÍCULO 75. CONOCIMIENTO DEL CLIENTE. Las Agencias de Aduanas deberán establecer mecanismos de control que les permitan asegurar una relación transparente con sus clientes, para lo cual podrán realizar visitas a dichos usuarios.

En desarrollo de las visitas y con el fin de verificar la información requerida por el inciso 2 del artículo 50 del Decreto número 1165 del 2 de julio de 2019, las Agencias de Aduanas deberán como mínimo solicitar a sus clientes y conservar los siguientes documentos:

1. Personas Jurídicas: (...)

1.2. Copia del balance general y estado de resultados, certificado y dictaminado por Revisor Fiscal o Contador Público según sea el caso, con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior o balance inicial cuando se trate de compañías constituidas en el mismo año en que se realiza la verificación de la información.

2. Personas Naturales Comerciantes:

(...)

2.2. Copia del balance general y estado de resultados certificado y dictaminado por Contador Público, según sea el caso, con corte a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior o balance inicial cuando se trate de empresas constituidas en el mismo año en que se realiza la verificación de la información."

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, cuando el numeral 1.2 del artículo 75 de la Resolución 046 de 2019 establece la exigencia de la copia del balance general y estado de resultados, nótese que indica que la misma debe ser certificada y dictaminada por revisor fiscal o contador público, según sea el caso. Esto es, si una persona jurídica no se encuentra en la obligación de contar con revisor fiscal, de conformidad con el marco legal, dicha copia del balance general y estados de resultados solamente deberá ser certificada y dictaminada por contador público.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales-DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaría expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” -“técnica”-, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

Fuentes formales

DECRETO 1165 DE 2019 ART 50RESOLUCION 46 DE 2019

Descriptores

Agencias de AduanasAgencias de Aduanas - Conocimiento de Clientes