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Concepto 25065 de 1997 DIAN

Causación impuesto de timbre en enajenación de inmuebles

250651997
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Texto del documento

CONCEPTO 25065

12 de noviembre de 1997

TEMA: CAUSACION IMPUESTO DE TIMBRE EN ENAJENACION DE INMUEBLES

Respetado doctor:

Respecto a su consulta de octubre 6 de 1997, nos permitimos informarle que este despacho se pronunció el 5 de junio de 1996, mediante el concepto radicado con el No. 46687, sosteniendo en aquella oportunidad lo siguiente:

“Los impuestos de Registro y de Timbre, son excluyentes entre sí, por lo cual la inscripción de un documento sujeto al primero, no estará sujeto en ningún caso al segundo”.

Con relación al sentido del artículo 56 de la Ley 383 de 1997, fue simplemente una ratificación a la exención del impuesto de timbre nacional, para los inmuebles pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, ya que de todos modos, continúa vigente lo consagrado en la Ley 223 de 1995, consistente en que si el documento está sujeto al impuesto de registro en la oficina de instrumentos públicos como fue reglamentado por el Decreto 650 de 1996, no estará sometido al de timbre, tal y como se afirmó anteriormente.

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