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Oficio 253 de 2017 DIAN

(Tributario) ¿Si la reforma tributaria contempla beneficios de condonación de intereses y sanciones sobre deudas con la DIAN.

2532017Tributario
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Texto del documento

OFICIO 253 DE 2017

(enero 4)

Diario Oficial No. 50.156 de 23 de febrero de 2017

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

DIRECCIÓN DE GESTIÓN JURÍDICA

Bogotá, D. C., 3 de enero de 2017

100202208-0003

Señor

XXX

XXX@XX.com.co

Bogotá

Referencia: Solicitud radicado número 100202208-001 del 02/01/2017

De conformidad con el artículo 19 del Decreto número 4048 de 2008, es función de esta Dirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la entidad.

Solicita en su escrito si la reforma tributaria contempla beneficios de condonación de intereses y sanciones sobre deudas con la DIAN. Al respecto se le informa que efectivamente la reforma tributaria consagró dos disposiciones relacionadas con el tema por usted planteado, una conciliación contenciosa administrativa en materia tributaria y otra con la terminación por mutuo acuerdo de los procesos administrativos tributarios, aduaneros y cambiarios (artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016), en años anteriores las reformas tributarias habían incluido una norma relacionada con una condición especial de pago en el orden nacional aspecto que esta reforma no contempló para deudas del orden nacional y solo lo hizo en materia territorial (artículo 356 de la Ley 1819 de 2016).

En los anteriores términos damos respuesta a su solicitud. Finalmente le informamos que este Despacho de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co.http://www.dian.gov.co la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” - “técnica” - dando click en el link “Doctrina” – “Dirección de Gestión Jurídica”.

Atentamente,

La Directora de Gestión Jurídica,

LILIANA ANDREA FORERO GÓMEZ.