Concepto 25410 de 1996 DIAN
Declaraciones de los notarios - Firma de contador público
Texto del documento
CONCEPTO 25410 DE 1996
20 de marzo de 1996
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
<NOTA DE VIGENCIA: Aclarado por el Concepto 41677 de 2004>
TEMA: DECLARACIONES DE LOS NOTARIOS/ FIRMA DE CONTADOR PUBLICO
PROBLEMA JURIDICO
¿Deben los notarios presentar sus declaraciones tributarias firmadas por contador público, según el valor de sus ingresos y su patrimonio bruto?
TESIS JURIDICA
SI DEBEN IR FIRMADAS LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS PRESENTADAS POR LOS NOTARIOS, ADEMAS POR EL CONTADOR PUBLICO, CUANDO EL VALOR DE SUS INGRESOS Y PATRIMONIO BRUTO SUPERE LOS TOPES SEÑALADOS POR EL GOBIERNO NACIONAL PARA LA RESPECTIVA VIGENCIA FISCAL.
INTERPRETACION JURIDICA
Respecto de su inquietud, el Decreto 2324 de 1995, frente al contenido de las declaraciones tributarias, indica que los contribuyentes y entidades obligadas a levar libros de contabilidad, deben presentar la declaración de renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, firmada por contador público Vinculado o no laboralmente a la empresa, cuando el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable o los ingresos brutos del respectivo año, Sean superiores a $770.000.000.
Las declaraciones de ventas o de retención en la fuente, deben ser firmadas por contador público, cuando el patrimonio bruto del responsable o agente retenedor en el último día del año inmediatamente anterior o los ingresos brutos de dicho período, sean superiores a la cifra mencionada.
Cabe observar, que de acuerdo con el artículo 602 del Estatuto Tributario, las declaraciones del impuesto sobre las ventas deben llevar la firma de contador público, siempre que presenten un saldo a favor del responsable.
NMS/CP