Oficio 14909 de 2009 DIAN
(Tributario) Solicita ratificación de los Conceptos número 52675 de 4 de junio de 1999, 089979 de 15 de septiembre de 2000 y 0
Texto del documento
OFICIO TRIBUTARIO 14909 DE 2009
(febrero 23)
Diario Oficial No. 47.311 de 3 de abril de 2009
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Doctor
RICHARD MAY JIMENEZ
Empresa de Energía del Amazonas
Avenida Internacional No 8-81 Piso 4
Leticia (Amazonas)
Ref: Consulta radicado número 014432 de 12/12/2008
Atento saludo, doctor May Jiménez.
De conformidad con lo establecido por el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, esta Subdirección es competente para absolver en sentido general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras, de control cambiario, en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Solicita en el escrito de la referencia la ratificación de los Conceptos número 52675 de 4 de junio de 1999, 089979 de 15 de septiembre de 2000 y 014701 de 23 de febrero de 2001 relacionados con el tema de bonificaciones e indemnizaciones por programas de retiro de servidores públicos.
Sobre el particular, de manera atenta le informo que los conceptos a los que hace referencia en su escrito constituyen la doctrina vigente de esta Dirección en el tema objeto de consulta toda vez que el soporte normativo de los mismos, esto es el artículo 27 de la Ley 488 de 1999 no ha sido modificado, doctrina a la que nuevamente se remitió la Oficina Jurídica (hoy Dirección de Gestión Jurídica) en el Concepto número 027723 de 4 de abril de 2001.
Posteriormente mediante el Concepto número 013710 de 9 de marzo de 2004, el cual se anexa para su conocimiento, la Oficina Jurídica (Hoy Dirección de Gestión Jurídica), señaló los requisitos para la procedencia de la exención consagrada en el artículo 27 de la Ley 488 de 1998 y lo que debe entenderse por programas de retiro de personal.
Cordialmente,
La Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina, Dirección de Gestión Jurídica,
ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ.