Micelio
🧾 DIAN · Resoluciones

Resolución 1197 de 2022 DIAN

Por medio de la cual se delega una función

11972022
Ver en la fuente oficial ↗

Texto del documento

RESOLUCIÓN 1197 DE 2022

(agosto 1)

Diario Oficial No. 52.114 de 2 de agosto de 2022

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por medio de la cual se delega una función.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA U.A.E. DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998; y el artículo 80 del Decreto número 1742 del 22 de diciembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209, de la Constitución Política de Colombia, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que la delegación crea un vínculo permanente y activo entre delegante y delegatario, que implica que el delegante cumpla sus deberes de dirección, orientación, instrucción y seguimiento a las decisiones que tome el delegatario, pudiendo revocar el acto de delegación y despojar de la calidad de delegatorio a quien no responda a las expectativas de ellos fincadas (Sentencias C-382/2000 y C-372/2002).

Que la delegación es un mecanismo jurídico que permite a las autoridades públicas diseñar estrategias relativamente flexibles para el cumplimiento de funciones propias de su empleo, en aras del cumplimiento de la función administrativa y de la consecución de los fines esenciales del Estado y tiene doble finalidad: De un lado, evitar la concentración de poder de una autoridad; y de otro lado, evitar que se desatienda, diluya o desdibuje la gestión a cargo de las autoridades públicas (Sentencia C-372/2002).

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las autoridades estatales pueden delegar la atención y decisión de asuntos ellos confiados por la ley, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa.

Que de acuerdo con el artículo 82 de la Ley 489 de 1998, las unidades administrativas especiales y las superintendencias con personería jurídica, son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que los crea y en lo previsto por ella, al de los establecimientos públicos.

Que según el artículo del Decreto número 1071 de 1999, la UAE-DIAN está organizada como una unidad administrativa especial de orden nacional de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que el inciso 1 del artículo 2o del Decreto número 1071 de 1999 dispone que la representación legal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales está a cargo del Director General, quien podrá delegarla.

Que conforme con lo dispuesto en el artículo 80 del Decreto número 1742 de 2020 “las funciones del Director General podrán ser delegadas en cualquiera de los Directores de Gestión y/o en el empleado público de la DIAN que sea designado mediante resolución del Director General, sin perjuicio de lo establecido en las normas especiales”.

Que los cargos de Director, Subdirector y de Director Seccional pertenecen al Nivel Directivo de la UAE-DIAN, según lo dispuesto en los artículos 3.1 y 4.1 del Decreto número 4049 de 2008, por el cual se estableció el Sistema de Nomenclatura y Clasificación de Empleos de la entidad, el cual fue adicionado por el Decreto número 1743 de 2022.

Que la UAE-DIAN desarrolla sus funciones en tres niveles, así: (i) Nivel Central; (ii) Nivel Local, conformado por los Directores Seccionales de Impuestos, Directores Seccionales de Aduanas y Directores Seccionales de Impuestos y Aduanas; iii) Nivel Delegado, conformado por las Direcciones Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas (artículo 4o del Decreto número 1742 de 2020) de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.

Que conforme al numeral 31 del artículo 8o del Decreto número 1742 de 2020, es función de la Dirección General ordenar la ejecución y administración de los recursos físicos y financieros y suscribir los estados financieros de la entidad.

Que con el fin de hacer eficientes las acciones administrativas al interior de la DIAN, específicamente en lo que se refiere a la fijación de las tarifas de viáticos a reconocer y pagar a los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, es necesario que la expedición de los actos administrativos para tal fin se delegue en la Dirección de Gestión Corporativa.

Con fundamento en lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de Gestión Corporativa de la UAE - DIAN, la competencia para ejercer la siguiente función:

Expedir el acto administrativo por el cual se fijan las tarifas de viáticos a reconocer y pagar a los funcionarios de la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

ARTÍCULO 2o. Comunicar a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones al Director de Gestión Corporativa.

ARTÍCULO 3o. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir del día hábil siguiente a su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 1 de agosto de 2022.

El Director General,

Lisandro Manuel Junco Riveira.