Resolución 12805 de 2006 DIAN
Por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se r
Texto del documento
RESOLUCIÓN 12805 DE 2006
(octubre 26)
Diario Oficial No. 46.437 de 30 de octubre de 2006
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 629-1 del Estatuto Tributario que debe ser presentada a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por el año gravable 2006, por las personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales consagradas en el literal b) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999 y en los artículos 629-1, 631-2, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. SUJETOS OBLIGADOS. Las personas o empresas que elaboren facturas de venta o documentos equivalentes, deberán informar de cada uno de sus clientes, los trabajos realizados en el año gravable 2006, independientemente del patrimonio poseído a 31 de diciembre de 2005.
ARTÍCULO 2o. INFORMACIÓN A SUMINISTRAR. La información a suministrar por parte de los obligados a que se refiere el artículo anterior, deberá ser enviada en el FORMATO 1037, versión 7, el cual se adopta por medio de la presente resolución, indicando, para cada uno de sus clientes lo siguiente:
1. Apellidos y nombres o Razón Social del cliente.
2. Identificación del cliente.
3. Dígito de verificación.
4. Número de Resolución de Autorización de las facturas elaboradas.
5. Prefijo de las facturas.
6. Intervalo de numeración de las facturas (factura inicial y factura final).
7. Fecha de elaboración. (AAAAMMDD)
PARÁGRAFO. Cuando se informe la elaboración de facturas a personas del régimen común, se debe indica r el número de autorización correspondiente. En el caso de personas inscritas en el régimen simplificado, si no tiene número de resolución, esta casilla se debe diligenciar con cero.
ARTÍCULO 3o. PLAZOS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN. Para la entrega de la información solicitada en la presente resolución deberá tenerse en cuenta los dos últimos dígitos del NIT del Informante y suministrarse a más tardar en las siguientes fechas:
Fecha Ultimos dígitos
Junio 05 de 2007 00 a 03
Junio 06 de 2007 04 a 06
Junio 07 de 2007 07 a 09
Junio 08 de 2007 10 a 12
Junio 20 de 2007 13 a 15
Junio 21 de 2007 16 a 18
Junio 22 de 2007 19 a 21
Junio 25 de 2007 22 a 24
Junio 26 de 2007 25 a 27
Junio 27 de 2007 28 a 30
Junio 28 de 2007 31 a 33
Junio 29 de 2007 34 a 36
Julio 03 de 2007 37 a 39
Julio 04 de 2007 40 a 42
Julio 05 de 2007 43 a 45
Julio 06 de 2007 46 a 48
Julio 23 de 2007 49 a 51
Julio 24 de 2007 52 a 54
Julio 25 de 2007 55 a 57
Julio 26 de 2007 58 a 60
Julio 27 de 2007 61 a 63
Julio 30 de 2007 64 a 66
Julio 31 de 2007 67 a 69
Agosto 01 de 2007 70 a 72
Agosto 02 de 2007 73 a 75
Agosto 06 de 2007 76 a 78
Agosto 15 de 2007 79 a 81
Agosto 16 de 2007 82 a 84
Agosto 17 de 2007 85 a 87
Agosto 21 de 2007 88 a 90
Agosto 22 de 2007 91 a 93
Agosto 23 de 2007 94 a 96
Agosto 24 de 2007 97 a 99
ARTÍCULO 4o. FORMA Y SITIOS DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN. La información a que se refiere la presente resolución debe ser presentada en forma virtual utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, haciendo uso de firma digital respaldada en certificado digital emitido por la DIAN, siempre y cuando el informante esté igualmente obligado a declarar o cumplir algún otro deber legal ante la DIAN en forma virtual, en caso contrario deben hacerlo de manera presencial en los puntos habilitados por la DIAN, llevando la información en unidades extraíbles USB.
Para quienes deban realizar la presentación de la información en forma presencial en los puntos habilitados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la presentación podrá hacerse directamente por el obligado o por interpuesta persona, caso en el cual, se requiere comunicación suscrita por el Representante Legal o interesado, donde se identifique al autorizado a entregar la información. En estos casos, la DIAN entregará como constancia el formato de presentación de información por envío de archivos.
ARTÍCULO 5o. PROCEDIMIENTO PREVIO A LA PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS INFORMÁTICOS ELECTRÓNICOS. Los responsables de presentar la información en forma virtual haciendo uso del mecanismo de firma digital, deberán cumplir en forma previa el siguiente procedimiento:
a) Inscribir o actualizar, de ser necesario, el Registro Unico Tributario del informante incluyendo la responsabilidad Informante de exógena, y su correo electrónico. Las personas jurídicas o demás entidades deben actualizar el Registro Unico Tributario incluyendo al representante legal a quien se le asignará el mecanismo de firma con certificado digital;
b) El representante legal deberá inscribir o actualizar, de ser necesario, su Registro Unico Tributario personal, conforme al artículo 2o de la Resolución 1767 de 2006 de la DIAN, informando su correo electrónico e incluyendo la responsabilidad 22, obligados a cumplir deberes formales a nombre de terceros;
c) Adelantar, de ser necesario, el trámite de emisión y activación del mecanismo de firma digital respaldado con certificado digital de la DIAN, mínimo con tres días hábiles de antelación al vencimiento del término para informar y siguiendo el procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005 de la DIAN.
PARÁGRAFO 1o. La DIAN emitirá el mecanismo de firma con certificado digital a la persona natural que a nombre propio o en representación del contribuyente, responsable, agente retenedor, o declarante, deba cumplir con la obligación de presentar información de manera virtual. Para tal efecto deberá darse cumplimiento al procedimiento señalado en la Resolución 12717 de 2005.
PARÁGRAFO 2o. El mecanismo de firma con certificado digital debe solicitarse personalmente o a través de apoderado debidamente facultado o por interpuesta persona con autorización autenticada, presentada ante las respectivas Administraciones de la DIAN y/o en los lugares habilitados para tal efecto. Para las personas jurídicas o las demás entidades debe señalarse expresamente la persona a quien se le hará entrega del mecanismo de firma digital.
PARÁGRAFO 3o. Los obligados, personas naturales y representantes legales de las personas jurídicas y demás entidades a quienes a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución la DIAN, les haya asignado previamente el mecanismo de firma con certificado digital, no requieren la emisión de un nuevo mecanismo.
PARÁGRAFO 4o. Cuando la DIAN lo autorice, podrá utilizarse firma digital respaldada con certificado digital emitido por entidades externas.
PARÁGRAFO 5o. Las personas naturales o jurídicas que deban cumplir la obligación de presentar la información de manera presencial deben también, de ser necesario, actualizar el Registro Unico Tributario con las responsabilidades 22, cumplimiento de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, conforme al artículo 2o de la Resolución 1767 de 2006 y la responsabilidad como informante de exógena.
ARTÍCULO 6o. CONTINGENCIA. Cuando por inconvenientes técnicos no haya disponibilidad de los servicios informáticos electrónicos y, en consecuencia, el obligado no pueda cumplir con la presentación de la información a que se refiere la presente Resolución en forma virtual, deberá acercarse a la administración o puntos habilitados por la DIAN llevando la información en unidades extraíbles USB y el archivo de firma digital para su respectiva presentación. Si en todo caso no es posible la presentación virtual por el obligado, se seguirá el procedimiento establecido por la DIAN para la presentación presencial.
PARÁGRAFO. El obligado a informar deberá prever con suficiente anticipación el adecuado funcionamiento de los medios requeridos para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones. En ningún caso, los eventuales daños en su sistema y/o equipos informáticos, falta de conexión, el no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de inscripción o actualización en el Registro Unico Tributario y/o de la activación del mecanismo de firma digital, la pérdida de la clave secreta por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación no inferior a tres días hábiles al vencimiento, constituirán causales de justificación de la extemporaneidad en la presentación de la información.
ARTÍCULO 7o. SANCIONES. Cuando no se suministre la información dentro de los plazos establecidos, cuando el contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, habrá lugar a la aplicación de las sanciones contempladas en el artículo 651 del Estatuto Tributario.
ARTÍCULO 8o. FORMATOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. La información a que se refiere la presente resolución, deberá enviarse teniendo en cuenta las especificaciones técnicas contenidas en el formato establecido en el Anexo número 50 adjunto, el cual hace parte integral de esta resolución.
ARTÍCULO 9o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2006.
El Director General,
OSCAR FRANCO CHARRY.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
ELABORACION DE FACTURACION POR LITOGRAFOS Y TIPOGRAFOS.
FORMATO 1037 – VERSIÓN 7.
AÑO GRAVABLE 2006.
OBJETIVO
Definir las características y contenido de los archivos, donde se reporta la Elaboración de facturación por litógrafos y tipógrafos.
ESPECIFICACION TECNICA
El formato de Elaboración de facturación por litógrafos y tipógrafos, debe enviarse en un archivo XML que cumpla las siguientes especificaciones:
1. Estándar del Nombre de los Archivos
El nombre de cada uno de los archivos, debe especificarse mediante la siguiente secuencia de caracteres:
Dmuisca_ccmmmmmvvaaaacccccccc.xml
cc : Concepto (Inserción = 01, Reemplazo = 02)
mmmmm : Formato (Elaboración de facturación por litógrafos y tipógrafos = 0 1037)
vv : Versión del formato (Versión = 07).
aaaa : Año de envío.
cccccccc : Consecutivo de envío por año.
2. Formato del Archivo
El formato de Elaboración de facturación por litógrafos y tipógrafos, contiene un documento XML, que está compuesto por dos elementos complejos: Encabezado y Contenido, las cuales se deben enviar en el orden enunciado.
< TABLA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.437 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
1. El documento XML debe cumplir con la especificación 1.0 Tercera edición.
2. El conjunto de caracteres utilizado en el documento XML debe ser el alfabeto latino No. 1: "ISO-8859-1".
3. El archivo debe contener un documento XML bien formado y válido de acuerdo al esquema XSD que incluye en esta especificación técnica.
4. El archivo debe contener un elemento único elemento raíz llamado "mas", que a su vez contendrá toda la información del archivo, tanto el encabezado como los registros.
2.1. Formato del Encabezado
El encabezado del archivo viene en el elemento "Cab" y contiene los siguientes datos, todos de carácter obligatorio:
< TABLA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.437 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
(*) Se enviarán archivos con máximo 5.000 registros; si es necesario informar más de 5.000 registros, se fraccionará la información en archivos de 5.000 registros o menos.
2.3. Formato del Contenido
En el contenido del archivo se deben incluir tantos registros como se informó en la cabecera en el campo "Cantidad de registros".
Cada registro reportado debe mantener la misma estructura previamente explicada y usada para la cabecera.
El contenido del archivo viene en el elemento "facturación" y se deben incluir los siguientes datos para cada transacción reportada.
< TABLA NO INCLUIDA. VER ORIGINAL EN D.O No. 46.437 EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co >
3. Validaciones
3.1. Validaciones Generales
1. El archivo debe contener todos los campos definidos para el encabezado y estos campos deben estar correctamente diligenciados.
2. La información del contenido del archivo debe corresponder al esquema XSD entregado.
3. Los atributos que registran valores numéricos, se reportan con valores numéricos positivos, sin signos ni puntuaciones, según lo reportado por el informante o en su defecto con cero (0).
4. Los campos que corresponden a fechas, deben contener fechas válidas en cuanto a año, mes y día.
3.2. Validaciones del Encabezado
1. Los campos concepto, formato y versión, deben venir diligenciados con los valores estipulados en las especificaciones técnicas.
2. Año de envío, debe ser el año calendario.
3. Número de envío, debe ser un número consecutivo por año para todos los formatos que el remitente envíe a la DIAN.
4. Fecha de envío, debe ser la fecha calendario, en formato AAAA-MM-DDTHH:MM:SS.
5. Cantidad de registros, debe ser igual a la cantidad de registros reportados en el contenido, que como máximo puede ser 5.000 registros.
6. Valor total, corresponde a la sumatoria de la casilla "nit" (Nit del Cliente) de los registros reportados.
4. Esquema XSD
A continuación se incluye el esquema XSD para esta especificación técnica.
<?xml version="1.0" encoding="ISO-8859-1"?>
<xs:schema xmlns:xs="http://www.w3.org/2001/XMLSchema" elementFormDefault="qualified" attributeFormDefault="unqualified">
<xs:element name="facturacion">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Elemento que encapsula la información del formulario 1037 ELABORACION DE FACTURACION POR LITOGRAFOS Y TIPOGRAFOS</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:complexType>
<xs:attribute name="nit" use="required">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Nit del Cliente</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:long">
<xs:minInclusive value="0"/>
<xs:maxInclusive value="99999999999999"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="dv" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Dígito de Verificación</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:int">
<xs:minInclusive value="0"/>
<xs:maxInclusive value="9"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="apl1" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Primer Apellido del Cliente</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="0"/>
<xs:maxLength value="60"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="apl2" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Segundo Apellido del cliente</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="0"/>
<xs:maxLength value="60"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="nom1" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Primer nombre del cliente</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="0"/>
<xs:maxLength value="60"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="nom2" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Otros nombres del cliente</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="0"/>
<xs:maxLength value="60"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="raz" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Razón social del cliente</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="0"/>
<xs:maxLength value="450"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="res" use="required">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Número de resolución de autorización</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:long">
<xs:minInclusive value="0"/>
<xs:maxInclusive value="999999999999999"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="pre" use="optional">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Prefijo</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:string">
<xs:minLength value="0"/>
<xs:maxLength value="20"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="facini" u se="required">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Factura inicial</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:long">
<xs:minInclusive value="0"/>
<xs:maxInclusive value="999999999999999"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="facfin" use="required">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Factura final</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:long">
<xs:minInclusive value="0"/>
<xs:maxInclusive value="999999999999999"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:attribute>
<xs:attribute name="fecelab" type="xs:date" use="required">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Fecha de elaboración</xs:documentation>
</xs:annotation>
</xs:attribute>
</xs:complexType>
</xs:element>
<xs:element name="mas">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Elemento raiz del xml de carga masiva</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:complexType>
<xs:sequence>
<xs:element name="Cab" type="CabType"/>
<xs:element ref="facturacion" maxOccurs="unbounded"/>
</xs:sequence>
</xs:complexType>
</xs:element>
<xs:complexType name="CabType">
<xs:sequence>
<xs:element name="Ano" type="xs:gYear" nillable="false">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Año de envio</xs:documentation>
</xs:annotation>
</xs:element>
<xs:element name="CodCpt" nillable="false">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Concepto</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:int">
<xs:minInclusive value="0"/>
<xs:maxInclusive value="99"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:element>
<xs:element name="Formato" fixed="1037">
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:positiveInteger">
<xs:totalDigits value="4"/& gt;
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:element>
<xs:element name="Version" type="xs:positiveInteger" fixed="7"/>
<xs:element name="NumEnvio">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Número de envio</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:positiveInteger">
<xs:totalDigits value="8"/>
<xs:maxInclusive value="99999999"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:element>
<xs:element name="FecEnvio" type="xs:dateTime">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Fecha de envio</xs:documentation>
</xs:annotation>
</xs:element>
<xs:element name="FecInicial" type="xs:date">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Fecha inicial</xs:documentation>
</xs:annotation>
</xs:element>
<xs:element name="FecFinal" type="xs:date">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Fecha Final</xs:documentation>
</xs:annotation>
</xs:element>
<xs:element name="ValorTotal" type="xs:long">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Valor Total</xs:documentation>
</xs:annotation>
</xs:element>
<xs:element name="CantReg">
<xs:annotation>
<xs:documentation>Cantidad de registros</xs:documentation>
</xs:annotation>
<xs:simpleType>
<xs:restriction base="xs:positiveInteger">
<xs:totalDigits value="4"/>
<xs:maxInclusive value="9999"/>
</xs:restriction>
</xs:simpleType>
</xs:element>
</xs:sequence>
</xs:complexType>
</xs:schema>