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Resolución 12550 de 2006 DIAN

(DEROGADA) - Por medio de la cual se fija la lista de auxiliares de la Función Tributaria, Aduanera y Cambiaria

125502006
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Texto del documento

RESOLUCIÓN 12550 DE 2006

(octubre 20)

Diario Oficial No. 46.432 de 25 de octubre de 2006

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 17 de 2014>

Por medio de la cual se fija la lista de auxiliares de la Función Tributaria, Aduanera y Cambiaria.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (E.),

en uso de las facultades conferidas por el artículo 843-1 del Estatuto Tributario y en observancia de las Resoluciones números 08687 y 09700 del 4 y 23 de agosto de 2006, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 843-1 del Estatuto Tributario otorga facultades para la conformación de listas propias para el nombramiento de auxiliares de la Administración Tributaria;

Que mediante la Resolución número 3688 de diciembre 15 de 1999, suscrita por el Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN se señalaron los criterios para la conformación de las Listas de Auxiliares de la Administración Tributaria, Aduanera y Cambiaria, su reglamentación y la fijación de honorarios;

Que mediante Resoluciones número 08687 y 09700 del 4 y 23 de agosto de 2006, respectivamente, se ordenó la realización de convocatoria pública y abierta a nivel nacional, para la conformación de las listas de auxiliares de la Administración Tributaria, de Secuestres, Peritos Avaluadores de Bienes Inmuebles, Peritos Avaluadores de Bienes Muebles y Curadores Ad lítem, para el período comprendido entre el primero de noviembre de 2006 hasta el 31 de octubre 2008;

Que mediante Resoluciones número 08687 y 09700 del 4 y 23 de agosto de 2006, respectivamente, se definió la metodología para la realización de la convocatoria y se establecieron los requisitos mínimos para integrar la lista de auxiliares de la administración;

Que una vez efectuada la selección, se hace necesario conformar la lista con los admitidos como auxiliares de la administración tributaria, aduanera y cambiaria.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 17 de 2014> <Ver en Notas de Vigencia prórroga> Fíjase la lista de Auxiliares de la Administración Tributaria, Aduanera y Cambiaria para el período comprendido entre el 1o de noviembre de 2006 hasta el 31 de octubre de 2008*, quienes prestarán su servicio con observancia de lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, Código Civil, Estatuto Tributario y demás normas concordantes:

Notas de Vigencia
Lista no incluye modificaciones. Consultar en Resumen de Notas de Vigencia, las resoluciones que la modifican
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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 14 de enero de 2026