Resolución 12908 de 2007 DIAN
Por la cual se aclara la Resolución 12690 de 2007, "por la cual se establece para el año gravable 2007, el grupo de personas n
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RESOLUCIÓN 12908 DE 2007
(noviembre 1o)
Diario Oficial No. 46.807 de 9 de noviembre de 2007
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se aclara la Resolución 12690 de 2007.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL, DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales consagradas en el artículo 19 literal b) del Decreto 1071 de 1999, en los artículos 631, 631-2, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario y lo señalado en el artículo 2o del Decreto 1738 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió el 29 de octubre la Resolución 12690 de 2007, mediante la cual se definió la Información a reportar por el año gravable 2007, correspondiente a los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y del Decreto 1738 de 1998;
Que con el fin de precisar los obligados a presentar esta información y los datos a informar se hace necesario aclarar la mencionada resolución,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aclarar el numeral 4 del artículo 12 de la Resolución 12690 de 2007, relativo a la Información correspondiente a “Rentas exentas” de las declaraciones tributarias, en el cual debe entenderse incluida como información a reportar la siguiente: “El valor de las rentas exentas por la prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos, en el Concepto 8112”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1o de noviembre de 2007.
El Director General,
OSCAR FRANCO CHARRY.