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Resolución 3186 de 2004 DIAN

Por la cual se modifica el Inciso 1o. del Artículo 1o. de la Resolución 8973 del 28 de octubre de 2003, que establece el grupo

31862004
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RESOLUCION 03186 DE 2004

(abril 22)

Diario Oficial No. 45.532, de 27 de abril de 2004

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica el inciso 1o del artículo 1o de la Resolución 8973 del 28 de octubre de 2003, que establece el grupo de personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que deben suministrar la información a que se refiere el artículo 631 del Estatuto Tributario, por el año gravable 2003.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales consagradas en el artículo 19 del Decreto 1071 del 26 de junio de 1999 y en los artículos 631, 633 y 684 del Estatuto Tributario,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifícase el inciso 1o del artículo 1o de la Resolución 08973 del 28 de octubre de 2003, el cual quedará así:

"Las personas naturales, personas jurídicas y demás entidades, que se relacionan a continuación, no obligadas por los topes de patrimonio o ingresos a presentar la información establecida en la Resolución número 08961 del 28 de octubre de 2003 y que en el último día del año gravable 2002 hubieren poseído un patrimonio bruto superior a tres mil trescientos sesenta y ocho millones ochocientos mil pesos ($3.368.800.000), o cuando los ingresos brutos de dicho año hubieren sido superiores a un mil quinientos millones de pesos ($1.500.000.000) pero inferiores o iguales a seis mil setecientos treinta y siete millones setecientos mil pesos ($6.737.700.000), deberán presentar por el año gravable 2003 la siguiente información en medio magnético".

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de abril de 2004.

El Director General,

MARIO ALEJANDRO ARANGUREN RINCÓN.