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Resolución 105 de 2024 DIAN

Por la cual se delega la representación del Director General en el Comité Nacional de Participación y Diálogo Social e Inter

1052024
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RESOLUCIÓN 000105 DE 2024

(julio 3)

Diario Oficial No. 52.807 de 4 de julio de 2024

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se delega la representación del Director General en el Comité Nacional de Participación y Diálogo Social e Intersectorial de Libertad Religiosa y Celebración Día Nacional de la Libertad Religiosa.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de las facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política; artículos 9o, 10 y 11 de la Ley 489 de 1998 y los artículos 8o y 80 del Decreto número 1742 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que “la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Que así mismo, el artículo 211 de la Constitución Política dispone que “la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades”.

Que de conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 “los representantes legales de las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.

De igual manera, el parágrafo del artículo 9o de la Ley 489 de 1998 señala que “los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la presente ley, con los requisitos y en las condiciones que prevean los estatutos respectivos”.

Que los artículos 10 y 11 de la Ley 489 de 1998 indican los requisitos de la delegación y las funciones de las autoridades administrativas que son indelegables.

Que el artículo 80 del Decreto número 1742 de 2020, señala que “las funciones del Director General podrán ser delegadas en cualquiera de los Directores de Gestión y/o en el empleado público de la DIAN que sea designado mediante resolución del Director General, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales”.

Que en desarrollo del preámbulo y de los artículos 1o, 2o, 13, 18, 19 y 20 de la Constitución Política, el Estado debe garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes contenidos en ella y asegurar el libre ejercicio de todas las personas del territorio nacional a profesar libremente su religión, culto y la igualdad de las religiones frente a la ley.

Que mediante Resolución número 2245 del 23 de diciembre de 2021, el Ministerio del Interior creó el Comité Nacional de participación y diálogo social e intersectorial de Libertad Religiosa cuyo objeto es “promover la participación y el diálogo social interreligioso e interinstitucional para la promoción de políticas públicas de interés del sector Religioso y prevenir las posibles violaciones al derecho a la libertad religiosa y de cultos a nivel territorial”.

Que en su artículo 2o estableció como integrantes del comité intersectorial de Libertad Religiosa a los siguientes funcionarios:

1. El Ministro del Interior o su delegado, quien lo presidirá.

2. El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

3. El Ministro de Salud y Protección Social o su delegado.

4. El Ministro de Trabajo o su delegado.

5. El Ministro de Comercio Industria y Turismo o su delegado.

6. El Ministro de Educación Nacional o su delegado

7. El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado.

8. El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio o su delegado.

9. El Ministro de Transporte o su delegado.

10. El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

11. El Fiscal General de la Nación o su delegado.

12. El Procurador General de la Nación o su delegado.

13. El Defensor del Pueblo o su delegado.

13. El Representante del PNUD en Colombia o su delegado.

15. El Comandante General de las Fuerzas Militares o su delegado.

16. El Director de la Policía Nacional o su delegado.

17. El Director de la Dirección Nacional de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado.

18. El Director del Instituto Penitenciario y Carcelario (Inpec) o su delegado.

19. El Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo o su delegado.

20. Un delegado de cada Comité Departamental de Libertad Religiosa conformado o que se conforme.

21. Una delegación de (05) integrantes de la Mesa Nacional del Sector Religioso.

Que de conformidad con el artículo 4o de la Misma resolución, la Secretaría Técnica de este Comité será de carácter permanente y ejercida por el Director de la Dirección de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior y de conformidad con el artículo 5 sesionará de manera ordinaria cada tres meses o extraordinariamente cuando la Secretaría Técnica lo convoque.

Que, mediante oficio del 13 de junio de 2024, se recibió por parte del Ministerio del Interior invitación para participar en la Sesión ampliada del Comité Nacional y para la celebración de la libertad Religiosa, que se llevará a cabo del día 04 de julio de 2024 en el municipio de Pueblo Bello Cesar.

Que por razones de agenda del Director General y en aras de cumplir con todos los compromisos y responsabilidades de la Entidad de manera oportuna y eficaz, se hace necesario delegar la representación tanto en el comité como en la celebración del día de la Libertad Religiosa.

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar, a partir de la comunicación de la presente resolución, la representación del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en el Comité Nacional de Participación y Diálogo Social e Intersectorial de Libertad Religiosa y en la Celebración del Día Nacional de la Libertad Religiosa, en quien desempeñe la jefatura de la Coordinación de Cultura de la Contribución de la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios, o la dependencia que haga sus veces.

ARTÍCULO 2o. Comunicar, por intermedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa, el contenido de la presente resolución al funcionario Luis Felipe Guarnizo López, identificado con la cédula de ciudadanía número 79952882, en su condición de Jefe de la Coordinación de Cultura de Contribución de la Subdirección de Servicio al Ciudadano en Asuntos Tributarios, al correo institucional lguarnizol@dian.gov.co.

ARTÍCULO 3o. Enviar a través de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa, una vez comunicada la presente resolución remitir copia de la misma al Ministerio del Interior a través del Director de la Dirección de Asuntos Religiosos a la calle 12B No. 8-46 de la ciudad de Bogotá, D. C., o a los buzones institucionales maria.castro@mininterior.gov.co; malejandra.garcia@mininterior.gov.co, al Despacho de la Dirección General y a la historia laboral del funcionario Luis Felipe Guarnizo López.

ARTÍCULO 4o. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de julio de 2024.

El Director General,

Jairo Orlando Villabona Robayo