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Resolución 31 de 2022 DIAN

Por la cual se autoriza realizar una prueba piloto sobre el proceso de evaluación del desempeño laboral dispuesto en el Decret

312022
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RESOLUCIÓN 31 DE 2022

(marzo 3)

Diario Oficial No. 51.966 de 4 de marzo de 2022

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se autoriza realizar una prueba piloto sobre el proceso de evaluación del desempeño laboral dispuesto en el Decreto ley 071 de 2020 y su reglamentario Decreto 770 de 2021 y se imparten lineamientos para su implementación.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de las facultades legales, en especial las dispuestas en los numerales 1, 20, 24 del artículo 8o del Decreto 1742 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto ley 071 de 2020 determina y regula el Sistema Específico de Carrera para los servidores públicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -UAE DIAN-, estableciendo el ingreso, la permanencia, la movilidad basada en el mérito y el desempeño con el fin de profesionalizar el servicio y buscar la excelencia de sus empleados para cumplir su misión y objetivos.

Que, el artículo 53 de la misma fuente normativa dispone que, le corresponde al Director General de la DIAN aprobar, mediante resolución, los instrumentos de evaluación del desempeño de los empleados del Sistema Específico de Carrera, y el artículo 54 señala que debe aprobar los instrumentos correspondientes a los empleados de libre nombramiento y remoción y de los vinculados en provisionalidad los cuales se sujetarán, en lo que les sea compatible, a los criterios y condiciones indicados para los del Sistema Específico de Carrera.

Que el 13 de julio de 2021 fue expedido el Decreto 770, reglamentario del Decreto ley 071 de 2020, cuyo capítulo II regula lo concerniente a la evaluación del desempeño en la DIAN.

Que con el fin de validar las condiciones de tipo tecnológico, jurídico y organizacional para la aplicación de los criterios y directrices que sobre la materia dispone la norma citada es necesario adelantar una prueba piloto previa a la adopción del nuevo proceso de evaluación.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Autorizar en la DIAN la realización de una prueba piloto sobre el proceso de evaluación del desempeño laboral regulado por el Decreto ley 071 de 2020 y su reglamentario, Decreto 770 de 2021.

ARTÍCULO 2o. ALCANCE. La prueba piloto será aplicada, en dos fases, cada una con una muestra representativa de evaluados y evaluadores pertenecientes al Nivel Central y al Nivel Local y Delegado de la DIAN, así: de la Dirección de Gestión Corporativa, de una Dirección Seccional Tipo I, de una Dirección Seccional Tipo II, de una Dirección Seccional Tipo III y de una Dirección Seccional Delegada, muestra seleccionada de acuerdo con lo señalado en la ficha técnica anexa que hace parte integral de la presente resolución.

PARÁGRAFO 1o. Las áreas seleccionadas y los servidores públicos adscritos que se determinen están obligados a participar durante todo el ejercicio, salvo situaciones o circunstancias excepcionales.

PARÁGRAFO 2o. La prueba se aplicará de forma paralela con el sistema que actualmente rige en la entidad sobre evaluación del desempeño y medición del rendimiento laboral reglamentado por la Resolución 059 de 2017 y la Resolución 009 de 2018, y sus modificatorias.

PARÁGRAFO 3o. Para todos los efectos de ley solo serán tenidos en cuenta los resultados obtenidos con la aplicación de las citadas resoluciones vigentes. Aquellos que se deriven de la prueba piloto serán de uso exclusivamente pedagógico.

ARTÍCULO 3o. DURACIÓN. La prueba piloto se desarrollará durante el año 2022.

ARTÍCULO 4o. RESPONSABILIDADES. Para el desarrollo de la prueba piloto serán las siguientes:

4.1 Subdirector de Desarrollo del Talento Humano o quien haga sus veces:

a) Coordinar el proceso de ejecución de la prueba piloto, seleccionando la muestra representativa de los servidores que participarán.

b) Presentar al Director General y al Director de Gestión Corporativa, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la finalización de la prueba, un informe gerencial con los resultados obtenidos, conclusiones y recomendaciones para la implementación del nuevo proceso de evaluación.

4.2 Subdirector de Gestión del Empleo Público o quien haga sus veces:

a) Supervisar la puesta en marcha y funcionamiento adecuado de la herramienta para la implementación del proceso de evaluación del desempeño, a través del aplicativo Kactus.

4.3 Subdirector de Planeación y Cumplimiento o quien haga sus veces:

a) Informar a todas las áreas objeto de este ejercicio, según corresponda, una vez aprobada la planeación estratégica anual institucional y al inicio de la prueba piloto.

1) los objetivos estratégicos de la Entidad;

2) los objetivos de área o de contribución;

3) los objetivos transversales definidos en la Entidad

4) los indicadores que miden sus resultados y su periodicidad de medición;

5) las metas establecidas para cada indicador disponibles a la fecha.

b) Expedir los lineamientos a aplicar respecto a los rangos de cumplimiento referidos a los objetivos estratégicos, de área o de contribución y transversales.

c) Comunicar a todas las áreas, antes del inicio de la etapa calificación o resultado final en cualquiera de las dos fases del ejercicio, el cumplimiento de:

1) los objetivos estratégicos de la Entidad;

2) los objetivos del área respectiva o de contribución y,

3) los objetivos transversales.

ARTÍCULO 5o. PUBLICACIÓN. Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C. a 3 de marzo de 2022.

El Director General,

Lisandro Manuel Junco Riveira