DecretoCompilado
Decreto 1630 de 2011
por medio del cual se adoptan medidas para restringir la operación de equipos terminales hurtados que son utilizados para la prestación de servicios de telecomunicaciones móviles.
11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Objeto2Definiciones Y Acrónimos3Venta De Equipos Terminales Móviles En Colombia4Requisitos De Las Personas Autorizadas5Obligación De Implementación De Las Bases De Datos6Base De Datos Negativa7Base De Datos Positiva8Activación De Equipos Terminales Móviles9Verificación De Base De Datos10Regulación De La Crc11Derogatorias Y Vigencias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 4 ° numerales 1 y 10 de la Ley 1341 de 2009
- Diego Molano VegaEl Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones