Decreto
Decreto 380 de 2023
por el cual se suspende el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter nacional, en el marco de los acercamientos y conversaciones entre el Gobierno nacional y las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC), y se dictan otras disposiciones.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suspender El Cese Al Fuego Bilateral Y Temporal De Carácter Nacional (Cfbtn), Entre El Gobierno Nacional Y Las Autodefensas Gaitanistas De Colombia (Agc) Ordenado Mediante El Decreto Número 2658 Del 31 De Diciembre De 20222Mientras Esté Suspendido El Cfbtn Entre El Gobierno Nacional Y Las Autodefensas Gaitanistas De Colombia (Agc), Ordenar La Reanudación De Operaciones Militares Ofensivas Y Operativos Policiales En Contra De Los Miembros De Las Autodefensas Gaitanistas De Colombia (Agc)3Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Gustavo Petro UrregoEl presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 22, 188 y 189 de la Constitución Política, y la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010, 1738 de 2014, 1941 de 2018 y 2272 de 2022, y
- Iván Velásquez GómezEl Ministro de Defensa Nacional