DecretoVigente
Decreto 67 de 1997
por el cual se reajusta la asignación básica mensual y la prima de antigüedad del personal docente que presta sus servicios en las Instituciones Oficiales de Educación Superior del orden nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1A Partir Del 1º De Enero De 1997, El Reajuste De La Asignación Básica Mensual Percibida A 31 De Diciembre De 1996 Por Los Empleados Públicos Docentes Que Prestan Sus Servicios En Las Instituciones Oficiales De Educación Superior Del Orden Nacional, Será Del Once Y Medio Por Ciento (112º3º4El Presente Decreto No Se Aplicará A Los Empleados Públicos Docentes De Las Instituciones De Educación Superior Que Tengan Sistemas De Remuneración Especial Establecido Por Disposiciones Con Jerarquía De Ley De La República, O En Desarrollo De La Ley 4º De 19925º6º7Ninguna Autoridad Podrá Establecer O Modificar El Régimen Salarial O Prestacional Estatuido Por Las Normas Del Presente Decreto, En Concordancia Con Lo Establecido En El Artículo 10 De La Ley 4º De 19928Nadie Podrá Desempeñar Simultáneamente Más De Un Empleo Público, Ni Recibir Más De Una Asignación Que Provenga Del Tesoro Público, O De Empresas O De Instituciones En Las Que Tenga Parte Mayoritaria El Estado9El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 17 De 1996 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Enero De 1997
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jaime Niño DíezEl Ministro de Educación Nacional
- Edgar Alfonso González SalasEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública