DecretoVigente
Decreto 119 de 1992
por el cual se promulga el "Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Italia, para evitar la Doble Tributación sobre las Rentas y sobre el Patrimonio derivadas del ejercicio de la Navegación Marítima y Aérea".
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Promúlgase El "convenio Entre El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De Italia, Para Evitar La Doble Tributación Sobre Las Rentas Y Sobre El Patrimonio Derivados Del Ejercicio De La Navegación Marítima Y Aérea", Suscrito En Bogotá El 21 De Diciembre De 1979 Y Complementado Por El Canje De Notas De La Misma Fecha Sobre Interpretación Del Artículo 2º De Dicho Convenio; Cuyos Textos Son Los Siguientes: Convenio Entre El Gobierno De La Republica De Colombia Y El Gobierno De La Republica De Italia, Para Evitar La Doble Tributacion Sobre Las Rentas Y Sobre El Patrimonio Derivados Del Ejercicio De La Navegacion Maritima Y Aerea El Gobierno De La República De Colombia Y El Gobierno De La República De Italia, Animados Del Deseo De Celebrar Un Convenio Entre Los Dos Países Para Evitar La Doble Tributación Sobre Las Rentas Y Sobre El Patrimonio Derivados Del Ejercicio De La Navegación Marítima Y Aérea En Tráfico Internacional, Han Convenido En Lo Siguiente: Articulo 1° Para Los Fines Del Presente Convenio: 12º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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