DecretoDerogado
Decreto 273 de 2004
por el cual se adopta la planta de personal del Instituto Nacional de Salud, INS.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Suprímense De La Planta De Personal Del Instituto Nacional De Salud, Ins, Los Siguientes Cargos: No2Las Funciones Propias De Las Diferentes Dependencias Del Instituto Nacional De Salud, Ins, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: No3El Director General Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto, Mediante Acto Administrativo Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Organización Interna, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas De La Entidad4Los Empleados Públicos De Carrera Administrativa A Quienes Se Les Suprime El Cargo Como Consecuencia De Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Y No Sean Incorporados Podrán Optar Entre Ser Indemnizados O Ser Incorporados A Empleos De Carrera Equivalentes, Conforme A Lo Consagrado En La Ley 443 De 1998 Y En Los Decretos Reglamentarios 1572 De 1998 Y 1173 De 1999, Con Sujeción Al Procedimiento Establecido En El Decreto-Ley 1568 De 1998 Y Demás Disposiciones Que La Reglamenten, Modifiquen O Adicionen5La Incorporación De Los Funcionarios A La Nueva Planta De Personal Que Se Adopta En El Presente Decreto, Se Hará Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia, Dentro De Los Siguientes Treinta (30) Días Calendario Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial El Decreto 1211 De 1995
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social
- Fernando Antonio Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública