DecretoDerogado
Decreto 1788 de 1990
por el cual se aprueba la estructura orgánica del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y se determinan las funciones de sus dependencias.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase La Estructura Orgánica Del Fondo De Pasivo Social De Ferrocarriles Nacionales De Colombia Y La Determinación De Las Funciones De Sus Dependencias, Acordadas Por Su Junta Directiva En Sesión Celebrada El Día 24 De Julio De 1990 Y Cuyo Texto Es El Siguiente: Fondo De Pasivo Social De Ferrocarriles Nacionales De Colombia2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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Firmas
Gobierno Nacional
- Virgilio BarcoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las que le confiere el numeral 3 del artículo 120 de la Constitución Nacional, el artículo 2° del Decreto 1050 de 1968, literal g) del artículo 8° del Decreto 1591 del 18 de julio de 1989, y
- Luz Priscila Ceballos OrdóñezLa Ministra de Obras Públicas y Transporte