Micelio
DecretoVigente

Decreto 1132 de 1977

Por el cual se aprueba el Acuerdo número 28 de 1976 (19 de octubre) de la Junta Directiva de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares

6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Con Las Modificaciones Sobre Equivalencia De Grados Salariales Establecidas Por El Decreto Número 540 De 1977, (Marzo 10)1Para Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En El Artículo (9°) Del Decreto Número 390 De 1975 (Marzo 6), Adóptase La Nomenclatura Establecida En El Decreto Número 2554 De 1973, Sus Modificaciones Y Adiciones, Para Los Siguientes Empleos De La Planta De Personal De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares: Gerencia Clase Grado 1 (Un) Gerente Ii 34 Subgerencia Administrativa 1 (Un) Subgerente I 31 1 (Un) Asistente Administrativo I 21 1 (Un) Almacenista Iii 18 Sección De Personal 1 (Un) Jefe De Sección De Personal Asistencia I 25 Sección De Préstamos 1 (Un) Liquidador De Cuentas I 14 Subgerencia Financiera 1 (Un) Subgerente I 31 Sección De Arrendamientos 1 (Un) Asistente Administrativo I 21 1 (Un) Supervisor De Personal Auxiliar I 14 Sección De Parqueaderos 1 (Un) Jefe De Sección De Personal Asistencial I 252Para Dar Cumplimiento A Lo Dispuesto En El Artículo Noveno (9°) Del Decreto Número 390 De 1975 (Marzo 6), Adóptase La Nomenclatura Establecida En El Decreto Número 2554 De 1973, Sus Modificaciones Y Adiciones, Para La Clase De Los Siguientes Empleos De La Planta De Personal De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares: Gerencia Clase Grado 1 (Un) Secretario Ejecutivo I 19 1 (Un) Recepcionista Ii 13 1 (Un) Chofer Viii 13 1(Un) Auxiliar De Servicios Generales Viii 12 Asesoría Jurídica 1 (Un) Asesor Ii 30 1 (Un) Mecanotaquígrafo V 16 2 (Dos) Mecanógrafos V 13 3 (Tres) Mecanógrafos Iv 12 Subgerencia Administrativa 1 (Un) Mecanotaquígrafo V 16 1 (Un) Auxiliar De Almacén Vi 13 1 (Un) Chofer Vii 13 1 (Un) Mecanógrafo Iv 12 1 (Un) Operador De Conmutador Iii 12 1 (Un) Auxiliar De Servicios Generales Vii 11 Sección De Personal 1 (Un) Supervisor De Personal Auxiliar V 18 3 (Tres) Auxiliares De Servicios Generales Vii 11 Sección De Asignaciones 1 (Un) Jefe De Sección De Personal Asistencial I 25 1 (Un) Mecanógrafo Iv 12 Sección De Registro Y Archivo 1 (Un) Jefe De Sección De Personal Auxiliar Iv 20 1 (Un) Auxiliar De Servicios Generales Ix 13 1 (Un) Archivero I 12 2 (Dos) Mecanógrafos Iv 12 1 (Un) Auxiliar De Servicios Generales Vi 10 Sección De Préstamos 1 (Un) Jefe De Sección De Personal Auxiliar Iv 20 1 (Un) Mecanógrafo Iv 12 Subgerencia Financiera 1 (Un) Dibujante I 16 1 (Un) Mecanotaquígrafo V 16 1 (Un) Chofer Vii 13 3 (Tres) Mecanógrafos Iv 12 Sección De Contabilidad 1 (Un) Jefe De Sección De Personal Asistencial Iii 27 2 (Dos) Operadores De Máquina De Contabilidad I 15 13El Presente Acuerdo Requiere La Aprobación Del Gobierno Nacional4Este Acuerdo Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Espedición
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Firmas