DecretoVigente
Decreto 2946 de 1990
por el cual se reglamenta la ordenación del gasto en la Rama Jurisdiccional.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Para Los Efectos Del Artículo 91 De La Ley 38 De 1989, La Rama Jurisdiccional Del Poder Público, Podrá Designar Como Ordenador Del Gasto, Además De Los Señalados En El Decreto 2405 Del 20 De Octubre De 1989, Al Subdirector Nacional Y A Los Directores Seccionales De Orden Público2Los Actos Administrativos De Designación Determinarán Los Conceptos Y Cuantías A Que Se Circunscribirá La Competencia De Cada Ordenador3La Ordenación Del Gasto Para La Jurisdicción De Orden Público, Se Ejercerá En Los Términos Y Requisitos Establecidos Por El Decreto Número 2405 Del 20 De Octubre De 1989, Y Los Que Lo Complementen Y Adicionen4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 3° del artículo 120 de la Constitución Política, y
- Jaime Giraldo AngelEl Ministro de Justicia
- Luis Fernando Ramírez AcuñaEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado