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DecretoVigente

Decreto 653 de 1989

por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.

2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Apruébase El Acuerdo Número 1 De 1989 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: «acuerdo Numero 1 De 1989 (Enero 19) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 22 De Diciembre De 1988, Un Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café Y Prestación De Servicios; B) Que La Cláusula Trigésima Quinta De Dicho Contrato Dispone Que Durante El Primer Semestre De 1989 La Federación Continuará Administrando El Fondo Nacional Del Café Y Prestando Sus Servicios, De Acuerdo Con Lo Estipulado En El Contrato De Diciembre 20 De 1978, En Lo Que Fuere Necesario, Previa Autorización Del Ministro De Hacienda; Que A Partir Del 1°de Julio De 1989 Deberá Dársele Aplicación Plena A Los Términos Del Precitado Contrato, Salvo En Materias Presupuestal Y Contable, Las Cuales Empezarán A Regir Para La Vigencia De 1990; C) Que Es Necesario Revisar Las Apropiaciones Aforadas En El Presupuesto Del Fondo Nacional Del Café Para La Vigencia Del Año De 1988, A Fin De Actualizarlo De Manera Tal Que Permita Atender Adecuadamente La Coyuntura Actual Y Conservar Un Racional Equilibrio Entre Los Ingresos Y Los Egresos; D) Que El Proyecto De Actualización Fue Estudiado Y Aprobado El 27 De Diciembre De 1988 Por El Delegado Del Ministerio De Hacienda Y, Posteriormente, Por Los Miembros Cafeteros Integrantes De La Comisión Designada Para Tal Fin Por El Comité Nacional De Cafeteros En Su Sesión Del 24 De Noviembre De 1988; E) Que Según La Cláusula Décima Quinta Del Contrato De Diciembre 22 De 1988, El Comité Nacional De Cafeteros Es La Única Corporación Con Facultad Para Asignar Los Recursos Del Fondo Nacional Del Café; F) Que El Comité Nacional De Cafeteros, En Su Sesión Del 19 De Enero De 1989, Acogió Integralmente El Informe Final De Dicha Comisión, Acuerda: Artículo 1° Fíjase En La Suma De Cuatrocientos Mil Treinta Y Ocho Millones De Pesos ($4002Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
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