DecretoVigente
Decreto 2131 de 1986
Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Apruébase El Acuerdo Número 14 De Junio 19 De 1986 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 14 De 1986 (Junio 19) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención A Los Mercados Cafeteros Para El Cumplimiento Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Previeron Originalmente Y A Fin De Dar Aplicación A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que El Xxxv Congreso Nacional De Cafeteros Dispuso La Creación De La Línea De Cooperativas Consumo Del Fondo Rotatorio De Crédito Cafetero, Con Destino A Apoyar El Desarrollo De Los Servicios De Consumo De Las Cooperativas De Caficultores Auspiciadas Por La Federación Nacional De Cafeteros; El 26 De Noviembre De 1985, Recomendó Solicitar Al Comité Nacional De Cafeteros La Destinación De Mil Millones De Pesos ($12º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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