DecretoVigente
Decreto 2573 de 1991
por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 6 del Decreto-ley 1661 de junio 27 de 1991.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Para Otorgar Prima Técnica Cada Entidad Deberá Contar, Además Del Certificado De Disponibilidad Presupuestal Expedido Por El Jefe De Presupuesto De La Misma, Con Certificado De Viabilidad Presupuestal Expedido Por La Dirección General Del Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial de las que le confieren los ordinales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia
- Rudolf HommesEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Jorge Eliecer Sabas BedoyaEl Secretario General del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado de las funciones del Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil · encargado