DecretoVigente
Decreto 644 de 1988
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
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0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Apruébase El Acuerdo Número 2 De 1988 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 2 De 1988 (Marzo 3) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención A Los Mercados Cafeteros Para El Cumplimiento Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Previeron Originalmente Y A Fin De Dar Aplicación A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que Se Hace Necesario Asignar Nuevos Recursos Al Fondo Rotatorio De Crédito Cafetero, Creado Por Medio Del Acuerdo Número 6 De 1959 Dictado Por El Xxi Congreso Nacional De Cafeteros, Con Destinación Específica A Los Programas De Renovación Por Siembra Y Por Zoca, Para Financiar Aproximadamente 102El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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