DecretoVigente
Decreto 800 de 2008
por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007.
9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 28 de la Ley 1122 de 2007
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social
- Fernando Antonio Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública