DecretoVigente
Decreto 86 de 1980
Por el cual se aprueban unos Acuerdos del Comité Nacional de Cafeteros
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 16 Del 29 De Noviembre De 1979 Del Comité Nacional De Cafeteros Cuyo Texto Die Lo Siguiente: Acuerdo Numero 16 De 1979 (Noviembre 29) El Comité Nacional De Cafeteros, En So De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que En Virtud Del Decreto Número 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Maneo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano De Exportación Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores, Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente Y A Fin De Darle Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que Desde 1974 De La Fundación Care Inc2Artículo 23Artículo 32El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición