DecretoVigente
Decreto 86 de 1939
Por el cual se reglamenta el artículo 9º de la Ley 264 de 1938
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De Conformidad Con El Artículo 9º De La Ley 264 De 1938, Las Salinas Marítimas Se Administrarán Y Explotarán En Una Forma Comercial, Teniendo En Cuenta Los Intereses Sociales Y Fiscales Del País2El Ministerio De La Economía Nacional, A Cuyo Cuidado Están Las Salinas Marítimas, Obrará Para Alcanzar El Fin Planteado En El Artículo Anterior, Con Una Completa Independencia De Acción, Sin Vulnerar Los Derechos De Revisión Y Fiscalización De Los Organismos Constitucionales Y Legales Creados Por El Poder Público3El Ministerio De La Economía Nacional Deberá Organizar Y Reglamentar Todo Lo Relativo Al Personal Que Las Salinas Requieran Para Su Correcta Administración Y Explotación, Los Servicios De Vigilancia, Compra De Elementos, Provisión De Materiales, Etc4Todas Las Gestiones Conducentes Para Obtener, Por Los Métodos Y Sistemas Más Convenientes Y Adecuados, Que Las Salinas Marítimas Tengan Una Organización Comercial Y Moderna, Se Regirán Autonómicamente Por Los Organismos Constituidos Al Efecto, Sujetándose En Cuanto Fuere Posible A Las Disposiciones Fiscales5La Administración Y Explotación Comercial De Las Salinas Marítimas Adoptará Los Sistemas De Contabilidad Y De Control Que Dicte La Contraloría General De La República, De Acuerdo Con La Índole Comercial De Esa Administración6De Conformidad Con Las Disposiciones De La Ley 264 De 1938, Que Faculta Al Gobierno Para Invertir En Las Salinas Marítimas Sumas Hasta La Concurrencia De Los Productos De Ellas, Sin Pasar Por El Presupuesto, Se Dispone Que Los Productos De Las Ventas Y Demás Ingresos De Dichas Salinas Se Mantengan Como Depósito Provisional En La Tesorería General De La República7La Federación Nacional De Cafeteros Que De Conformidad Con Contratos Vigentes Con El Gobierno, Tiene Hoy A Su Cargo La Distribución Y Venta De Sales Marítimas, Deberá Adoptar Los Sistemas De Contabilidad Y De Control, Que La Contraloría General De La República Señale Al Efecto Y Se Someterá A La Organización Comercial Que Se Dé A Las Salinas Marítimas
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