DecretoVigente
Decreto 2281 de 2012
por el cual se crea la Medalla Militar "San Rafael Arcángel" del Ejército Nacional y se adiciona el Decreto número 4444 de 2010
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Medalla Militar "san Rafael Arcángel", Para Premiar A Los Particulares Que Por Su Apoyo Incondicional A Través De Hechos Extraordinarios Se Han Convertido En Benefactores Y Protectores De Los Militares Heridos En Combate2La Medalla Militar "san Rafael Arcángel", Tendrá Dos (2) Categorías: Oficial Y Comendador3Características4Adiciónase El Artículo 90 Del Decreto Número 4444 De 2010, Así: Para La Medalla "san Rafael Arcángel"5Requisitos6Diploma7Otorgamiento8Imposición9Adiciónase Al Literal C) Numeral 3 Del Artículo 6° Del Decreto Número 4444 De 2010 En El Sentido De Incluir Un Literal, Así: T) Medalla "san Rafael Arcángel"10Para Efectos De La Precedencia De Condecoraciones Que Trata El Artículo 7° Del Decreto Número 4444 De 2010 La Medalla Militar "san Rafael Arcángel" Sucederá A La Medalla "deportiva De La Fuerza Pública"11Adiciónase Al Artículo 89 Del Decreto Número 4444 De 2010, En El Sentido De Incluir La Medalla "san Rafael Arcángel", Como Una Condecoración Por Servicios Distinguidos Prestados A La Institución Militar12La Medalla Será Impuesta El Día Que El Comandante Del Ejército Nacional Estime Conveniente, De Acuerdo Al Reglamento De Protocolo Y Ceremonial Militar13El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial la que le confiere el artículo 189, numeral 11 de la Constitución Política, artículo 66 de la Ley 4ª de 1913, artículo 56 del Decreto-Ley 1792 de 2000, artículos 39 y 54 de Ley 836 de 2003, en concordancia con el artículo 226 del Decreto número 4444 de 2010, y
- Juan Carlos Pinzón BuenoEl Ministro de Defensa Nacional