DecretoVigente
Decreto 2535 de 2000
por el cual se adiciona el Decreto 646 de 1998.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Dentro Del Término De Treinta (30) Días Hábiles, Contados A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, Ecopetrol Y Ecogás Celebrarán El Convenio Mediante El Cual Regularán Las Condiciones Para La Entrega Material Y Transferencia Del Porcentaje De La Propiedad De La Estación Compresora De Apiay Que Se Escinde A Favor De Ecogás Y Establecerán Las Condiciones Técnicas Y Económicas De Utilización Del Activo Objeto De Escisión3Artículo 34La Escisión Materia Del Presente Decreto Se Refiere Exclusivamente A La Propiedad De Los Compresores Definidos En El Artículo Primero Del Mismo, Y No Incluye Derecho Alguno A Favor De Ecogás Sobre El Terreno De Propiedad De Ecopetrol En El Cual Se Encuentra Localizada La Estación, Ni Sobre Cualquier Otro Inmueble De Propiedad De Ecopetrol Vinculado A Dicha Estación5Artículo 5
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 189, ordinal 11 de la Constitución Política, el inciso 1º del artículo 8º de la Ley 401 de 1997, y
- Juan Manuel Santos CalderónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Caballero ArgáezEl Ministro de Minas y Energía