DecretoVigente
Decreto 2508 de 2009
por el cual se crea la Oficina Seccional de Instrumentos Públicos en el municipio de Cáchira, departamento de Norte de Santander, dentro del Círculo de Cúcuta.
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Créase La Oficina Seccional De Registro De Instrumentos Públicos De Cáchira, (Norte De Santander), Como Cabecera Municipal, Dentro Del Círculo De Cúcuta, Con La Siguiente Comprensión Territorial: Oficina De Registro Seccional Comprension Municipal Segregados De La Oficina Seccional De Cachira (Norte De Santander) Cáchira Oficina De Registro De Ocaña (Norte De Santander) La Esperanza2En Razón A La Creación De La Oficina De Registro Dispuesta En El Artículo Anterior, Modificase La Comprensión Municipal De La Oficina De Registro De Ocaña (Norte De Santander), La Cual Quedará Así: Departamento De Norte De Santander Oficina De Registro Seccional Comprension Municipal Ocaña Ocaña Abrego Bucarasica Hacarí La Playa Villacaro3Las Oficinas De Registro De Instrumentos Públicos No Enunciadas En El Presente Decreto, Conservarán La Comprensión Territorial Ya Asignada4Teniendo En Cuenta La Transición, Para El Traslado De Los Archivos Y Folios De Matrículas Inmobiliarias De Los Predios Que Hacen Parte De La Nueva Oficina Seccional De Registro De Instrumentos Públicos, Así Como El Tiempo Para Su Puesta En Marcha, La Superintendencia De Notariado Y Registro Tendrá Un Plazo Aproximado De Noventa (90) Días Hábiles, Contados A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, Para Dar Cumplimiento A Lo Ordenado En Este Acto5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 2444 De 1972
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 131 de la Constitución Política de Colombia, 58 y 59 del Decreto-ley 1250 de 1970 y 26 y 27 del Decreto 412 de 2007, y
- Fabio Valencia CossioEl Ministro del Interior y de Justicia
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público