DecretoVigente
Decreto 2812 de 1989
por el cual se faculta a la Administración Postal Nacional -Adpostal- para conceder franquicia a ciertos envíos con destino al interior y exterior del país, que cumplan con el requisito de ser eminentemente culturales o científicos producidos por una entidad sin ánimo de lucro.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Facultar A La Administración Postal Nacional -Adpostal- Para Conceder Franquicia Postal A La Fundación Francisco De Paula Santander Sobre Los Envíos Que Sean Eminentemente Culturales O Científicos, En Razón A Que Ella Presta Su Especial Y Desinteresado Servicio Al País2º La Franquicia Postal A Que Se Refiere El Artículo Anterior Se Concede Para Los Envíos Que Deba Remitir La Fundación, De Carácter Urbano, Interior Y Exterior Del País Y Se Efectuará Bajo La Modalidad De Servicio Certificado O Asegurado Según El Caso3º La Concesión De La Franquicia Postal Autorizada Por El Presente Decreto Terminará El 31 De Diciembre De 19924º Para El Cumplimiento De Este Decreto, Adpostal Reglamentará Mediante Resolución, Los Requisitos Y Procedimientos Que Deberá Atender La Fundación Francisco De Paula Santander, Para Obtener Este Beneficio
03