DecretoVigente
Decreto 4992 de 2007
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal de la Empresa Social del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento, en Liquidación.
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase La Modificación De La Planta De Personal De La Empresa Social Del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento En Liquidación Suprimiendo Los Siguientes Cargos De Empleados Públicos:2Apruébase La Modificación De La Planta De Personal De La Empresa Social Del Estado Luis Carlos Galán Sarmiento En Liquidación, Suprimiendo Cincuenta (50) Cargos Vacantes De Trabajadores Oficiales En Su Primera Fase3En Defensa De La Garantía Constituida Por El Fuero Sindical, Los Siguientes Cargos De Empleados Públicos, Se Mantendrán Temporalmente En La Planta De Personal Hasta La Fecha De La Ejecutoria De La Sentencia Que Autoriza El Levantamiento Del Fuero Sindical; Al Vencimiento Del Término De Este Fuero Contemplado En La Ley O En Los Estatutos, O A La Terminación Del Proceso De Liquidación, Fecha A Partir De La Cual Se Entenderán Retirados Del Servicio:4Los Servidores Públicos En Condición De Padre O Madre Cabeza De Familia Sin Alternativa Económica, Discapacitados, Pensionables Y Embarazadas, Se Mantendrán Temporalmente En La Planta De Cargos Mientras Conserven La Condición Que Les Otorga El Reunir El Supuesto De Hecho Que Generó El Beneficio5Al Suprimirse Un Cargo De Carrera Cuyo Titular Sea Una Empleada De Carrera En Estado De Embarazo Y Habiendo Optado Por La Incorporación Esta No Fuere Posible, Tendrá Derecho A La Indemnización De Que Trata El Artículo 51 De La Ley 909 De 20056El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 3792 Del 17 De Noviembre De 2004
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Diego Palacio BetancourtEl Ministro de la Protección Social
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública