DecretoVigente
Decreto 1460 de 2019
por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 1280 de 2017.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Prorrogar Por El Término De Dos (2) Años La Vigencia Establecida En El Artículo 3o Del Decreto 1280 De 20172Previa Publicación En El Diario Oficial , El Presente Decreto Entra En Vigencia A Partir Del 15 De Agosto De 2019, Por El Término De Dos (2) Años, Y Modifica En Lo Pertinente Al Artículo 3° Del Decreto 1280 De 2017
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 7ª de 1991 y 1609 de 2013, y
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- José Manuel Restrepo AbondanoEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo