DecretoDerogado
Decreto 119 de 1985
por el cual se fijan unos viáticos.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Los Viáticos Para Los Miembros De La Casa Militar De La Presidencia De La República Por Comisiones De Servicios En El Interior Del País, Serán: Para Los Oficiales, La Suma De Tres Mil Ochenta Pesos ($ 32º Los Viáticos Por Comisiones En El Exterior, De Los Oficiales, Suboficiales Y Agentes De La Policía Y Soldados De La Casa Militar De La Presidencia De La República, Se Regirán Por Las Normas Especiales Del Ministerio De Defensa Nacional3º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga El Decreto 167 De 1984
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1985
- Roberto Junguito BonnetEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- General Miguel Vega UribeEl Ministro de Defensa Nacional
- Ericina Mendoza SaladenLa jefe del departamento administrativo del Servicio Civil