DecretoCompilado
Decreto 4722 de 2009
por el cual se establecen los criterios para el otorgamiento de espectro radioeléctrico en la banda de 1850 MHz a 1990 MHz para el servicio móvil terrestre y se dictan otras disposiciones.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Tope De Espectro Por Proveedor De Redes Y Servicios2Contraprestación Económica Por La Utilización Del Espectro Radioeléctrico3La Normatividad Expedida Por El Ministerio De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones En Relación Con Títulos Habilitantes, Con Fundamento En Las Funciones Que Le Fueron Asignadas En Normas Anteriores A La Fecha De Entrada En Vigencia De La Ley 1341 De 2009 Y Las Cuales Se Reiteran Para El Ministerio De Tecnologías De La Información Y Las Comunicaciones En Dicha Ley, Continuarán Vigentes, Hasta Tanto Entren En Vigencia Sus Artículos 10, 11, 12, 13, 14 Y 154El Presente Decreto Rige A La Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 4234 De 2004, Así Como Todas Las Normas Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 1341 de 2009
- María Del Rosario Guerra De La EspriellaLa Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones