DecretoVigente
Decreto 3576 de 2011
por el cual se establece la Planta de Personal del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y se dictan otras disposiciones.
7artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Funciones Propias Del Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que Se Establece A Continuación: Número De Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Despacho Del Ministro 1 (Uno) Ministro 0005 1 (Uno) Asesor 1020 18 3 (Tres) Asesor 1020 16 2 (Dos) Asesor 1020 14 2 (Dos) Asesor 1020 13 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Asesor 1020 11 1 (Uno) Asesor 1020 10 2 (Dos)http://1922El Ministro De Vivienda, Ciudad Y Territorio, Mediante Resolución, Incorporará Los Empleados Públicos Que Del Ministerio De Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial Continuarán Prestando Sus Servicios En El Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio Y Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Ministerio3La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Establecida En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Se Efectuará Dentro De Los Treinta (30) Días Siguientes A La Fecha De Su Publicación4La Incorporación Y El Nombramiento En Los Empleos De La Planta De Personal, Se Realizará De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley 909 De 2004 Y Demás Disposiciones Sobre La Materia5Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Vivienda, Ciudad Y Territorio Los Siguientes Cargos, Con Carácter Transitorio, Para Incorporar A Los Prepensionados Del Instituto Nacional De Vivienda Y De Interés Social Y Reforma Urbana - Inurbe, En Liquidación: Planta Global Número De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado 3 (Tres) Profesional Especializado 2028 13 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 05 1(Uno) Técnico Administrativo 3124 116La Provisión De Los Empleos Creados En El Presente Decreto Se Efectuará En Forma Gradual, De Conformidad Con Las Disponibilidades Presupuestales Y Hasta La Concurrencia De Las Respectivas Apropiaciones7El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Elizabeth Rodríguez TaylorLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública