DecretoDerogado
Decreto 4963 de 2011
por el cual se establece el auxilio de transporte.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fijar A Partir Del Primero (1°) De Enero De Dos Mil Doce (2012), El Auxilio De Transporte A Que Tienen Derecho Los Servidores Públicos Y Los Trabajadores Particulares Que Devenguen Hasta Dos (2) Veces El Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, En La Suma De Sesenta Y Siete Mil Ochocientos Pesos ($672El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Enero Del Año Dos Mil Doce (2012) Y Deroga El Decreto 4835 De 2010
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992
- Rodrigo De Jesús Suescún MeloEl Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Rafael Pardo RuedaEl Ministro del Trabajo
- Germán Cardona GutiérrezEl Ministro de Transporte