DecretoDerogado
Decreto 4835 de 2010
por el cual se establece el Auxilio de Transporte.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fijar A Partir Del Primero (1°) De Enero Del Año Dos Mil Once (2011), El Auxilio De Transporte A Que Tienen Derecho Los Servidores Públicos Y Los Trabajadores Particulares Que Devenguen Hasta Dos (2) Veces El Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, En La Suma De Sesenta Y Tres Mil Seiscientos Pesos ($632El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Enero Del Año Dos Mil Once (2011) Y Deroga El Decreto 5054 Del 30 De Diciembre De 2009
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992
- Juan Carlos Echeverry GarzónEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Mauricio Santamaría SalamancaEl Ministro de la Protección Social
- Germán Cardona GutiérrezEl Ministro de Transporte