DecretoVigente
Decreto 4394 de 2009
por el cual se modifica parcialmente el artículo 1° del Decreto 3969 del 14 de octubre de 2009.
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Excluir Del Artículo 1° Del Decreto 3969 Del 14 De Octubre De 2009, La Subpartida Arancelaria 6003200000, La Cual Quedará Con El Gravamen Arancelario Establecido En El Decreto 4589 Del 27 De Diciembre De 20062La Medida Establecida En El Artículo 1° De Este Decreto, Rige Para Las Mercancías Embarcadas A Partir De La Fecha De Entrada En Vigencia Del Presente Decreto3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Y Modifica En Lo Pertinente El Artículo 1° Del Decreto 3969 De 2009
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y
- Natalia Salazar FerroLa Viceministra Técnica, encargada de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado
- Carlos Costa PosadaEl Ministro de Comercio, Industria y Turismo, ad hoc · ad_hoc