DecretoVigente
Decreto 1845 de 1947
Por el cual se hacen unos reconocimientos al Departamento del Valle y al Municipio de Buenaventura
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Reconócese A Favor Del Departamento De Valle Y Del Municipio De Buenaventura, Por Valor De Las Inversiones Hechas Por Cada Una De Dichas Entidades En La Adaptación Para Hospital De Los Edificios Del Tabor, En Buenaventura, La Suma Total De $ 362El Pago De La Suma De Que Trata El Artículo Anterior Se Hará Con Imputación A La Partida Apropiada En El Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1946 -Sección Del Ministerio De Hacienda, Capítulo 37, Artículo 379, Deuda Interna-3Quedan En Estos Términos Modificados Los Artículos 3º Y 4º Del Decreto 480 De 1944 (Marzo 2)4El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
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