DecretoVigencia En Estudio
Decreto 860 de 1953
Por el cual se modifica el Arancel Aduanero para el fomento eléctrico
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Las Mercancías Denominadas Y Comprendidas En Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que Se Enumeran A Continuación, Quedaran Libres Del Pago De Derechos De Importación; Posición Denominación 822 Máquinas De Vapor Sin Sus Calderas: A) De Pistón2La Eliminación De Los Derechos De Importación Establecida En El Artículo Anterior, Se Aplicará A Las Mercancías Que Se Introduzcan Amparadas Con Licencias O Registros De Importación Expedidos Con Posterioridad A La Fecha De La Vigencia Del Presente Decreto3Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Suspende Todas Las Disposiciones Que Le Sea Contrarias