DecretoVigente
Decreto 4167 de 2007
por el cual se ajusta a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos de la planta de personal de Empleados Públicos del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales “Satena” y se dictan otras disposiciones.
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Servicio Aéreo A Territorios Nacionales “satena”, De Conformidad Con El Sistema De Nomenclatura Y Clasificación De Empleos Especial Del Sector Defensa Contemplado En El Decreto-Ley 092 De 2007, Será La Siguiente: Planta Global N° De Cargos Denominacion Del Cargo Codigo Grado 1 (Uno) Presidente De Entidad Descentralizada Vinculada Del Sector Defensa 1-2 19 1 (Uno) Vicepresidente De Entidad Descentralizada Vinculada Del Sector Defensa 1-2-1 18 1 (Uno) Jefe De Oficina Del Sector Defensa 1-4 16 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora Del Sector Defensa 2-1 30 1 (Uno) Jefe De Oficina Asesora Del Sector Defensa 2-1 27 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 13 1 (Uno) Profesional De Defensa 3-1 10 1 (Uno) Tecnico De Servicios 5-1 302El Presidente Del Servicio Aéreo A Territorios Nacionales “satena”, Mediante Resolución, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Los Planes, Los Programas Y Las Necesidades Del Servicio3Los Funcionarios Que A La Fecha De La Expedición Del Presente Decreto Se Encuentren Prestando Sus Servicios En La Planta De Personal Del Servicio Aéreo A Territorios Nacionales “satena”, Serán Incorporados En Los Cargos De Los Que Trata El Artículo 1°, En Un Término Máximo De Treinta (30) Días, Contados A Partir De La Fecha De Su Publicación4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Decreto 1570 De 2002 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto-ley 092 de 2007, y
- Oscar Iván Zuluaga EscobarEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Juan Manuel Santos CEl Ministro de Defensa Nacional
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública