DecretoVigente
Decreto 3 de 1982
Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a obtención, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de órganos o componentes anatómicos y líquidos orgánicos distintos de la sangre
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
43, Literales A) Y E) Del Decreto-Ley 1650 De 1977, Y Considerando: Que La Junta Administrativa De Seguros Económicos Del Instituto De Seguros Sociales, Aprobó Por Medio Del Acuerdo Número 013 De Marzo 24 De 1981, El Proyecto Por El Cual Se Modifica El Artículo 9° Del Acuerdo Número 3170 De 1964;que El Superintendente De Seguros De Salud Emitió Concepto Sobre El Proyecto En Referencia, Acuerda:9Del Acuerdo Número 155 De 1963, Aprobado Por El Decreto Número 3170 De 1964 El Cual Quedará Así: "artículo 9° El Trabajador Inscrito En El Seguro Social Que Sufra En Un Accidente De Trabajo O Adquiera Una Enfermedad Profesional, Tendrá Derecho: A) A La Necesaria Asistencia Médica, Quirúrgica Y Hospitalaria Y Al Suministro De Los Medicamentos Y Demás Medios Terapéuticos Que Se Requiera43Del Decreto-Ley 1650 De 1977, El Presente Acuerdo Requiere Para Su Validez La Aprobación Del Gobierno Nacional4Artículo 4
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