DecretoVigente
Decreto 958 de 1985
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
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0sentencias
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Apruébase El Acuerdo Número 5 De Marzo 21 De 1985 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: "acuerdo Numero 0005 De 1985 (Marzo 21) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación, Celebraron, El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros, Para El Cumplimiento Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Previeron Originalmente Y A Fin De Dar Aplicación A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que En Los Últimos Tiempos Se Ha Venido Presentando Una Pérdida Real En La Capacidad De Inversión De Los Comités Departamentales De Cafeteros, Circunstancia Que Hace Difícil La Realización De Obras De Infraestructura En La Zona Cafetera; C) Que El Comité Nacional, Interpretando La Voluntad Del Gobierno Nacional Y Del Gremio Cafetero, Considera Del Mayor Interés Para Afianzar La Paz En El País Y En Particular En Las Zonas Productoras De Café, La Inversión En Obras En Los Sectores De La Salud, Las Vías De Comunicación, La Educación, Los Servicios Públicos En General, Y Todas Las Que Directa O Indirectamente Promuevan El Desarrollo Social Y Económico De Las Regiones Rurales Y Creen Oportunidades De Empleo Para Sus Habitantes; D) Que El Xliii Congreso Cafetero, Por Medio De La Resolución Número 3 De Diciembre 5 De 1984, Solicitó Al Comité Nacional Buscar Fórmulas De Financiación Para Incrementar Las Partidas Destinadas A Infraestructura Regional En Las Zonas Cafeteras; E) Que En El Presupuesto Del Fondo Nacional Del Café Para La Vigencia De 1985 Se Apropió Una Partida Por Valor De Un Mil Cien Millones De Pesos ($ 12Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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