DecretoVigente
Decreto 935 de 1953
Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de puentes)
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1De La Partida Apropiada En El Capítulo 118, Artículo 1846 Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1953 "para La Terminación De Puentes, Construcción, Reparación Y Reconstrucción De Otros"', Hácese La Siguiente Distribución Parcial Para La Ejecución De Las Siguientes Obras: Capítulo 118, Artículo 18462Del Saldo En La Fecha, Correspondiente A La Suma Global Apropiada En El Actual Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas, En El Capítulo 118, Artículo 1846 "para La Terminación De Puentes, Construcción Y Reparación De Otros", Adicionase La Apropiación De Los Siguientes Ordinales, En Las Partidas Que A Continuación Se Expresan, Así Capítulo 118, Artículo 1846