DecretoVigente
Decreto 928 de 1978
Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Salud, Comunicaciones, Obras Públicas y Transporte y Ministerio Público), por $ 11.460.904.75
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Hácense Los Siguientes Contracréditos En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1978: Contracreditos Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Capitulo I Dirección Superior Gastos Generales Claves: 331-42-12 Artículo 21672Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia: Creditos Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Salud Capitulo I Dirección Superior Servicios Personales Artículo 2159-A3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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