DecretoVigente
Decreto 832 de 1923
Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Trasládase En El Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal De 12La Dirección General De La Contabilidad Nacional, La Oficina Central De Ordenación, Las De Reconocimientos De Los Ministerios De Hacienda Y De Obras Públicas, Y Las Pagadoras Respectivas, Describirán En Sus Libros Los Asientos A Que Da Lugar El Presente Decreto
03