DecretoVigente
Decreto 788 de 1992
por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Apruébase El Acuerdo Número 4 De 1992 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: "acuerdo Numero 4 De 1992 (Abril 2) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 22 De Diciembre De 1988, Un Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café Y Prestación De Servicios; B) Que La Cláusula Décima Segunda Del Actual Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Suscrito Por El Gobierno Nacional Y La Federación Nacional De Cafeteros El 22 De Diciembre De 1988, Establece Que 'los Ingresos Y Egresos Corrientes, Cuya Diferencia Es El Excedente Comercial, Los Que Conforman Los Otros Ingresos Y Egresos De Que Trata La Cláusula Novena Y La Financiación Prevista En La Cláusula Décima Del Citado Contrato, Integran El Presupuesto General Del Fondo Nacional Del Café2º Este Decreto Rige Desde La Fecha De Publicación
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